REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de Enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
SENTENCIA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-R-2008-001687
PARTE ACTORA: SAUL DE LA CRUZ SANCHEZ BRITO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad bajo el número V- 8.636.911.-
APODERADOS JUDICIALES DEL DEMANDANTE: Abogados ANGEL LEONARDO FERMÍN y ROSA CHACON inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 74.695 y 86.738 respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MAERCANTIL COLECTIVOS SOL DE ORIENTE C.A., sociedad mercantil domiciliada en Caracas, Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 30 de junio de 1982, bajo el N° 62, tomo 83-A-Sgdo.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados JESUS ANSELMO RAMIREZ MEJIAS y JAVIER RAMIREZ WURM, inscritos en el IPSA bajo los números 111 y 53.931 respectivamente.
MOTIVO: Apelación interpuesta por la parte demandada contra sentencia emanada del Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 06-11-2008
Como consecuencia del proceso de distribución de expedientes, realizado en fecha 20-11-2008 (folio 88), le correspondió su conocimiento a esta Alzada, por lo cual se procede a dictar el fallo in extenso, previas las siguientes consideraciones:
Vista la incomparecencia de la parte demandada apelante, el día 12 de Enero de 2009, a las 11:00 a.m., fecha y hora fijada para la Audiencia Oral y Pública, la cual no se presentó ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA, la apelación interpuesta por la parte demandada contra sentencia emanada del Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 06-11-2008, mediante la cual declaró CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano SAUL DE LA CRUZ SANCHEZ BRITO CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL COLECTIVOS SOL DE ORIENTE C.A. . SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el Artículo 62 de la Ley Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y REMITASE,
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los catorce (14) días del mes de Enero de 2009. Años 198º y 149º
LA JUEZA;
Dra. GRELOISIDA OJEDA NÚÑEZ
LA SECRETARIA,
Abg. KARLA SAEZ
En esta misma fecha y previo cumplimiento de Ley, siendo las once y de la mañana (11:00 a.m.) se dictó y publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA,
Abg. KARLA SAEZ
GON/ks/ns
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