REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO
Tribunal Segundo de Ejecución
San Juan de los Morros, 30 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2008-000474
ASUNTO : JP01-P-2008-000474

Visto el escrito presentado por el Defensor Público Penal Abg. DANIEL MONTANI, en su condición de defensor de los penados CARLOS EDUARDO GOMEZ HERNANDEZ y SIMON RAFAEL SALDIVIA MOTA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 17.251.272 y 18.617.364 respectivamente, donde solicita a este Tribunal se sirva iniciar ante las Juntas de Redención de Pena del Internado Judicial Yaracuy San Felipe Estado Yaracuy y el Centro Penitenciario de Aragua “Tocorón” Estado Aragua, el procedimiento para que se les efectué Redenciones por trabajo y Estudio a sus representados.

Ahora bien este Tribunal considera pertinente la solicitud realizada por la defensa de los penados y ordena oficiar a las Juntas de Redenciones del Internado Judicial Yaracuy San Felipe Estado Yaracuy y el Centro Penitenciario de Aragua “Tocorón” Estado Aragua, a los efectos de que le sean aperturados los procedimientos para redenciones Judicial de Pena por el Trabajo y Estudio a favor de los penados CARLOS EDUARDO GOMEZ HERNANDEZ y SIMON RAFAEL SALDIVIA MOTA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 17.251.272 y 18.617.364 respectivamente, el primero de los nombrados recluido en Internado Judicial Yaracuy San Felipe Estado Yaracuy y el segundo en el Centro Penitenciario de Aragua “Tocorón” Estado Aragua, todo con fundamento en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio. Ofíciese y Notifíquese lo conducente.-


El Juez

Abg. Jesús Alberto Castillo
La Secretaria

Abg. Mariela López Dugarte

En esa misma fecha se cumplió con lo ordenado.