REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Penal Segundo de Ejecución
Del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
San Juan de los Morros, 30 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01- S-2004-003255
ASUNTO : JP01-S-2004-003255

Revisadas como han sido las presentes actuaciones que conforman la causa signada con el Nº JP01-S-2004-003255, este Tribunal observa:

Los ciudadanos GENICE RAFAEL PANTOJA TARAZONA y MARCO ANTONIO TORREALBA MONTOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.044.714 y V- 19.600.488 respectivamente, fueron condenados por ante el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico con sede en San Juan de los Morros, como se evidencia a los folios 176 al 179 de la pieza N° Dos (02) en fecha 27- 01-06, a cumplir la pena de Cuatro (04) años de Prisión mas las accesorias de ley por la comisión del delito de BENEFICIO DE GANADO previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Contra la Actividad Ganadera, fueron detenidos por primera y única vez el 05-08-2004 y puestos en libertad el 13-08-2004 mediante Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, que otorgara el Tribunal Tercero de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, conforme lo previsto en el artículo 265 del Código Orgánico Procesal Penal, permaneciendo detenido por Ocho (08) días, de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que hasta la presente fecha, se mantiene en libertad, faltándole así por cumplir de la pena impuesta, Tres (03) años, Once (11) meses y Veintidós (22) días de prisión.


A los folios 283 al 292 de la pieza Nº 02 del asunto que nos ocupa, cursa acuerda resolución mediante la cual otorgan la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a favor de los referidos ciudadanos; en consecuencia, se acuerda el régimen de pruebas por el lapso de Un (01) años, el cual comenzará a contarse a partir de la fecha de celebración la audiencia el 22 de Enero de 2008 y culmina el 22 de Enero de 2009. Por cuanto rielan a los folios 15 y 19 de la pieza N° 03 Informes de Conducta donde se señala la finalización del Régimen de Prueba impuesto por este Tribunal de forma favorable, por lo que se da por concluido el presente asunto. Así se Decide.

DISPOSITIVA

Por todo lo expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros: ORDENA la libertad plena de los Sentenciados GENICE RAFAEL PANTOJA TARAZONA y MARCO ANTONIO TORREALBA MONTOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.044.714 y V- 19.600.488 respectivamente, el día lunes 22 de Enero de 2009, en relación a esta causa, por lo que desde ese momento, se da por concluido el caso. Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

EL JUEZ,
Abg. Jesús Alberto Castillo.

LA SECRETARIA
Abg. Mariela López Dugarte.