PARTE ACTORA: CYNTHIA ALEXANDRA FERNÁNDEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número V.-17.122.924
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Procuradora de los Trabajadores, ciudadana MARÍA NATHALIA MACHUCA, titular de la cédula de Identidad número V.-13.849.373 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 85.624, en su carácter de abogada asistente, con domicilio procesal en la calle paraíso, número 29-A, Valle de la Pascua, estado Guárico, teléfonos (0235) 341.68.23 y 0416-436.46.35.
PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil INVERSIONES LAIZA, en la persona de la ciudadana LIROLAIZA GALLARDO, en su carácter de representante, con domicilio en la calle Libertad, entre Ayacucho y Sucre, detrás de la Iglesia del Carmen, Zaraza, Estado Guárico.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ALECIO JOSÉ VALERI MARTÍNEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-9.947.992 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 101.365, con domicilio procesal en la calle Los Ilustres, número 24 Oeste, Valle de la Pascua, Estado Guárico.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día de hoy jueves veintiséis (26) de febrero de dos mil nueve (2.009), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, se deja constancia que se encuentra presente por la PARTE ACTORA, la Procuradora de los Trabajadores, ciudadana MARÍA NATHALIA MACHUCA, titular de la cédula de Identidad número V.-13.849.373 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 85.624, en su carácter de abogada asistente sin poder de la ciudadana CYNTHIA ALEXANDRA FERNÁNDEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número V.-17.122.924, con domicilio procesal en la calle paraíso, número 29-A, Valle de la Pascua, estado Guárico, teléfonos (0235) 341.68.23 y 0416-436.46.35. Igualmente se encuentra presente por la PARTE DEMANDADA, el profesional del derecho, ciudadano ALECIO JOSÉ VALERI MARTÍNEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-9.947.992 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 101.365, en su carácter de abogado asistente sin poder de la sociedad mercantil INVERSIONES LAIZA, en la persona de la ciudadana LIROLAIZA GALLARDO, con domicilio en la calle Libertad, entre Ayacucho y Sucre, detrás de la Iglesia del Carmen, Zaraza, Estado Guárico, con domicilio procesal en la calle Los Ilustres, número 24 Oeste, Valle de la Pascua, Estado Guárico, teléfono 0235-341.81.82. El ciudadano Juez declaró abierto el acto e inicio el mismo, no obstante, al revisar las actas que conforman el expediente y de identificadas las partes, se observa que la ciudadana CYNTHIA ALEXANDRA FERNÁNDEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número V.-17.122.924, ha decidido voluntariamente no seguir, por falta de interés procesal o por cualquier otro motivo, con el presente proceso, lo que no perjudica ni limita sus derechos laborales de los que es titular, aunado a la circunstancia que no hay un pronunciamiento jurisdiccional definitivamente firme que por efecto de la cosa juzgada impida ni limite ejercer nuevamente su derecho de acción, toda vez que lo que se extingue es el proceso más no se resuelve el fondo de sus pretensiones laborales y en tal sentido la asistente no objeta lo previsto en la Ley para estos casos, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ


CRISTIAN OMAR FELIZ

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA




ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA,

LUISALBA YURIBETH LÓPEZ