REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete (27) de Febrero de dos mil nueve (2009)
198º y 150º
Asunto No.: AP21-S-2009-000096
Visto el acuerdo transaccional presentado en fecha 20 de Febrero de 2009, por el abogado JESUS LEOPOLDO Inpreabogado No. 97.802, en su condición de apoderado judicial de la parte oferente, y la ciudadana MARIA BASTIDA, titular de la cedula de Identidad No. 60.380, parte oferida debidamente asistido por el abogado LUIS E. GARCIA Inpreabogado No. 60.380, del cual se evidencia que en esa misma fecha la parte oferente hizo entrega por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a la parte oferida, la cantidad en efectivo de Bs.F. 6000,00 por concepto de prestaciones sociales; este Juzgado que el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas del orden público HOMOLOGA dicha transacción en los términos indicados por las partes.
La Jueza
Abg. Olga Romero
La Secretaria
Abg. Claudia Yánez C.
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