REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, diecinueve (19) de febrero de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2007-002942
Visto la diligencia presentada de fecha 13 de febrero de 2009, suscrita por la ciudadana Leffy Ruiz Medina, en su carácter de Fiscal Centésima Segunmda del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas, Adolescentes y la Familia del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual consigna acta donde la ciudadana YUSMEIRA CELESTE QUINTERO TORREALBA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 13.686.799, desiste de la solicitud de Modificación de Responsabilidad de Crianza, a favor de la adolescente (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes). Y visto que hasta la presente fecha no se ha citado al demandado ciudadano DAMIAN MARTINEZ ESPINOZA. En consecuencia, esta Juez Unipersonal II del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes dicho desistimiento en los mismos términos y condiciones allí expuestos. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por Secretaría, copias certificadas del presente auto, para ser entregadas a las partes interesadas una vez que las mismas consignen los respectivos fotostatos. No hay condena en costa por la naturaleza del asunto.
LA JUEZ
ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO
LA SECRETARIA
ABG. SORAYA ANDRADE
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