REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Juez Unipersonal Nº II. Sala de Juicio
Caracas, tres (3) de febrero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2009-000513
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente, visto en computo que antecede donde se evidencia que ya transcurrió el lapso otorgado a los solicitantes para que corrigieran la presente solicitud de Tutela; en consecuencia este Tribunal declara DESESTIMADO la presente solicitud de Tutela solicitada por el abogado DANIELE GIUSEPPE ESPOSITO COROCCHIOLI, debidamente inscrito en el Inpreabogado N° 70.743, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GENEROSA NAVEIRO de RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-3.407.105, a favor de su nieto el adolescente (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes). Asimismo se acuerda la devolución de los originales a la parte que los produjo, previa su certificación por secretaría, debiéndose oficiar a la Oficia de Atención al Público para que realice la entrega de los mismos. Cúmplase.-
LA JUEZ
ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO
LA SECRETARIA
ABG. SORAYA ANDRADE
RYC/SA/A
AP51-S-2009-000513
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