REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, Once (11) de Febrero de 2009
198º y 149º


ASUNTO: AP51-S-2008-000536

Vista la solicitud presentada por la ciudadana EDIZON JOSÉ SÁNCHEZ CORREA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.780.016, actuando en representación de su hija (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), debidamente asistida por el Abogado FRANCISCO RENATO DE BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.572, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, ciudadana ARGELIA EUGENIA CORREA DE SÁNCHEZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.142.198, en beneficio de la niña de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niño, Niñas, y Adolescentes, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese a la solicitante.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA

ABG. KARLA SALAS
YCH/KS/
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2008-000536