REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo (8°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Guárico. Extensión Calabozo
Calabozo, dieciocho (18) de febrero de dos mil nueve (2.009)
198º y 149º

ASUNTO: JP61-C-2008-000060

Vista la diligencia del alguacil mediante la cual devuelve efectivamente cumplido la boleta de notificación librada a la Abg. DULCE VIOLETA MONTEZUMA NARVÁEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, relativo al Juicio que por INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE LABORAL incoado por el ciudadano CESAR ARTURO FLAMES GUEVARA contra “PANAMCO DE VENEZUELA, S.A.”, remítase al Tribunal Superior Accidental del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de San Juan de los Morros.

EL JUEZ

ABG. YVAN GARCÍA LOZADA

LA SECRETARIA

ABG. TIBISAY DELGADO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se devuelve constante de nueve (09) folios útiles, con oficio Nº CTCS-2.105-09 al Juzgado comitente.


La Secretaria