En horas de Despacho del día de hoy, Diez (10) de Febrero del Dos Mil Nueve (2009), siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la Medida de Entrega Material, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en fecha 06-11-2008; con motivo del Juicio que por ante este Tribunal sigue el ciudadano FELIX RAFAEL HERNANDEZ QUINTANA en contra de la Ciudadana JAQUELINE GREGORIA MARCANO. Se traslado y constituyo este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, acompañados por el Abg. DIONISIO ANTONIO GOMEZ Inpreabogado Nº 82.007, quien actúa como abogado asistente de la parte actora quien también se encuentra presente en el acto; encontrándonos ubicados en la siguiente dirección: Calle Los Cocos, Casa S/N° Barrio Pedro Zaraza, de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guarico, el cual tiene una superficie de diez metros de frente por veinte metros de fondo, con los siguientes linderos; NORTE: Con Calle Los Cocos en 10,00 ML; SUR: Terreno Municipal en 10,00 ML; ESTE: Terreno Municipal en 20,00 ML y OESTE: Terreno Municipal en 20,00 ML. Una vez presentes en el lugar y realizados los toques de Ley fuimos atendidos por la ciudadana JAQUELINE GREGORIA MARCANO; parte ejecutada en la presente comisión a quien se le notificó sobre la misión que viene a cumplir este Tribunal. Seguidamente tiene el derecho de palabra la parte ejecutante asistida de su abogado, quien expone: “Pido al Tribunal practique la medida decretada y haga la entrega formal del inmueble objeto de la presente comisión, es todo”. Seguidamente la ciudadana JAQUELINE GREGORIA MARCANO, solicitó el derecho de palabra y expuso: “En este momento empiezo a recoger mis cosas y para horas de la tarde estará desocupada la casa porqué voy a fabricar un rancho por aquí cerca es todo”. En este estado se le concede el derecho de palabra al abogado ejecutante, quien expone: “En aras de colaborar y ayudar a la señora JAQUELINE GREGORIA MARCANO el señor FELIX HERNANDEZ, le hace entrega de 20 láminas de zinc para la construcción del rancho antes mencionado, es todo”. Seguidamente el Tribunal deja constancia de que el bien inmueble objeto de la presente comisión ha quedado completamente desocupado libre de bienes y personas; en tal razón, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara Ejecutada la presente comisión y hace entrega formal del inmueble ubicado en la Calle Los Cocos, Casa S/N° Barrio Pedro Zaraza de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, totalmente desocupado libre de bienes y personas, a la parte ejecutante, ciudadano Félix Rafael Hernández, quien lo recibe conforme. Es todo. Termino. Se leyó y conformes firman.- LA JUEZ, (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. DIONISIO ANTONIO GOMEZ; PARTE EJECUTANTE (Fdo Ilegible) FELIZ RAFAEL HERNANDEZ QUINTANA; LA NOTIFICADA (Fdo Ilegible) JAQUELINE GREGORIA MARCANO; LA COMISION POLICIAL (Fdo Ilegible); AGENTE GONZALEZ CARLOS Y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.