En el día de hoy, Diecinueve (19) de Febrero del 2009, siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la MEDIDA DE EJECUCION FORZOSA DE LA SENTENCIA, dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 11-11-2008, con motivo del juicio que por ante ese Tribunal sigue el ciudadano JOSE DANIEL SOAREZ DE ABREU en contra del ciudadano MARIO FRANCISCO MELENDEZ ARGUELLO. Se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, acompañados por la Abg. MARIA ANTONIA GONZALEZ ESPINOZA, Inpreabogado N° 29.837, quien actúa como Apoderada Judicial de la parte ejecutante, encontrándonos ubicados en el Centro Comercial Shopping Spacial C. A., Planta Baja, signado con el N° 41, situado en el Cruce de la Avenida Bolívar de San Juan de los Morros, Estado Guárico. Una vez presentes en el lugar y realizados los toques de ley no fuimos atendidos por persona alguna, en tal razón el Tribunal procede a designar como Cerrajero al ciudadano LUIS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.519.162, quien aceptó el cargo y juró cumplir con las obligaciones inherentes al mismo a quien se le indicó que proceda a abrir la puerta principal del local objeto de la presente comisión. Una vez dentro del mismo se observa que existen tres estantes de pie y otro de pared, todos de hierro forjado y tramos de vidrio, por lo que se procede a designar como Depositario Judicial de conformidad con el Art. 539 del Código de Procedimiento Civil al ciudadano LEOBALDO FLEITAS, titular de la cédula de identidad N° 2.522.802, a quien se le coloca en posesión de los bienes muebles antes identificados para su guarda y custodia conforme a la ley. En consecuencia se hizo cambio de la cerradura y se le hizo entrega de la llave correspondiente al ciudadano JOSE DANIEL SOARES DE ABREU quien se encuentra presente en este acto y lo recibe conforme, en este estado la Apoderado Judicial de la parte ejecutante, solicitó el derecho de palabra y expone: “Solicito al Tribunal se mantenga la presente comisión en el Despacho hasta tanto se ubiquen bienes muebles propiedad del demandado a los fines de practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Tribunal de la causa, es todo”. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara ejecutada la presente comisión y hace entrega formal del inmueble ubicado en el Centro Comercial Shopping Spacial N° 41 de esta ciudad, al ciudadano JOSE DANIEL SOARES DE ABREU y en cuanto a la medida de embargo decretada por el Tribunal comitente, se acuerda mantener la presente comisión en el archivo de este Tribunal y asimismo compulsar al Tribunal de la causa las presentes actuaciones.- Es Todo. Termino. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (Fdo llegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; LA ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. MARIA ANTONIA GONZALEZ ESPINOZA; PARTE EJECUTANTE (Fdo Ilegible) JOSE DANIEL SOAREZ DE ABREU; EL CERRAJERO y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA.-