REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO : AP21-S-2009-000541
Visto el escrito de transacción suscrito y presentado en fecha 15 de julio de 2009, por el abogado JOAQUIN SILVEIRA, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CONTRATACIONES DE SERVICIOS TECNOLOGICOS Y ADMINISTRATIVOS, 2007, parte oferente ,por una parte, y por la otra la ciudadana LUPE ALEJANDRA BRICEÑO PIÑANGO, debidamente asistida por el abogado ANGEL BRAVO, mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional y solicitan la homologación del mismo, este Tribunal una vez revisado los términos del escrito transaccional se evidencia que el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en atención a lo dispuesto en el artículo 3 de la LEY ORGANICA DEL TRABAJO, en consecuencia HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se da por concluido el proceso y ordena el archivo del expediente.. ARCHIVESE Y EXPIDASE COPIA CERTIFICADA.

La Juez

Abg. Olga Romero

El Secretario

Abg. Héctor J. Rodríguez D.