REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, 14 de julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-010733
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por la ciudadana YOLANDA MARIA AVILA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nro. V.-22.910.097, actuando en representación de sus hijos los adolescentes, asistidos por la Abg. GLADYS DE JESUS LEZAMA, Abogada Adscrita a la Unidad de Protección del niño y a la Familia de la Sindicatura del Municipio Libertador del Distrito federal e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.074, hijos del ciudadano ORLANDO GUILLEN GONZALEZ, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-24.529.242, fallecido en fecha (18) de mayo de 2009. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ORLANDO GUILLEN GONZALEZ, antes identificado, a sus hijos los adolescentes, como beneficiarios del de cujus ciudadano ORLANDO GUILLEN GONZALEZ. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos respectivos. Cúmplase
LA JUEZ


Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA


Abg. SALLY GUERRERO
ASUNTO: AP51-S-2009-010733
JQA/SG/Kristian Castellanos