REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 13
Caracas, veintitrés (23) de julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2008-010672
Vista el acta que antecede levanta en esta misma fecha, mediante la cual se dejó constancia de la comparecencia de la ciudadana YUPSET GARCIA GRATEROL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-14.129.172, quien solicitó autorización para retirar de la cuenta de ahorros que se encuentra a nombre de los niños SE OMITE LA IDENTIFICACION, la cantidad de dos mil bolívares fuertes, a objeto de comprar los útiles escolares de los referidos niños. En consecuencia, revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, y analizado el contenido de dicha solicitud, y las constancia de solvencias consignadas, esta Sala de Juicio a cargo de la Juez Unipersonal N° 13 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, autoriza suficientemente a la ciudadana YUPSET GARCIA GRATEROL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-14.129.172, a los fines que proceda a retirar de la cuenta de ahorros signada con el N° 0003-0081-18-0100446108, del Banco Industrial de Venezuela, la cual se encuentra a nombre de los niños SE OMITE LA IDENTIFICACION, y como representante de los niños la prenombrada ciudadana, la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bsf. 2.000,oo).
A tal evento, este Despacho Judicial ordena librar oficio dirigido a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial, a los fines de comunicarle lo conducente y se proceda al retiro respectivo. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. JAIZQUIBELL QUÍNTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA,
ABG. SALLY GUERRERO.
JQA/SG/piñate.
AP51-S-2008-010672.
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