REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, seis de julio de 2009
199º y 150º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, que encabeza las presentes actuaciones, así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho la DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE O JUSTIFICATIVO JUDICIAL, sobre unas bienhechurías situada en el Barrio José Felix Rivas, Zona 10, Escalera 13, Petare Municipio Autónomo Sucre del Distrito Sucre del Estado Miranda, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: En cinco metros con cincuenta centímetros (5,50mts), con el inmueble del señor JOSE DANIEL BERMUDEZ; SUR: En cinco metros con cincuenta centímetros (5,50mts), con inmueble de la señora JACINTA GONZALEZ; ESTE: en trece metros con cincuenta centímetros (13,50mts) con inmueble del señor Argimiro Pernía Ramirez y por el OESTE: En trece metros con cincuenta centímetros (13,50mts) con inmueble del señor JUAN RAMOS. De conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana Mirle Josefina Florez Torres, titular de la cédula de identidad Nº 22.282.731. Este Tribunal declara Titulo Supletorio Suficiente o Justificativo Judicial a favor de la solicitante. Devuélvase la solicitud original con sus resultas.
La Juez


Abg. Irene Grisanti Cano

La Secretaria


Abg. Veriuska Almeida




IGC/VA/vv
AP31-S-2009-002176