REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 2 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2007-000478
ASUNTO : JP01-P-2007-000478

Penada: Mirian Josefina Trejo Serrano, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-6.828.787.

DECISIÓN: Permiso para Laborar en la Caja de Trabajo Penitenciaria.


Vista la solicitud de la penada Mirian Josefina Trejo Serrano, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-6.828.787, realizada en visita de este Tribunal al Centro de Reclusión Femenino de San Juan de los Morros, para lo cual se solicitó la información requerida a la Caja de Trabajo Penitenciaria y la oferta laboral emanada del Instituto Autónomo en referencia, donde señalan que se necesita una persona para que realice el trabajo de limpieza de dicha institución, en tal sentido este Tribunal se pronuncia de la manera siguiente:
Siendo que dentro de las actuaciones propias de la fase de ejecución le corresponde al Juez estudiar la posibilidad de otorgamiento de Permisos Extraordinarios en circunstancias especiales a los penados cuyas conductas lo merezcan, y su evolución lo permita, y por cuanto la solicitud se puede estimar dentro de lo relacionado en el capítulo IV de la Ley de Régimen penitenciario, y en la estima de que el motivo de la solicitud procede de conformidad con lo establecido en las normas allí contenidas, apreciando la documentación presentada, es por ello, que este Tribunal acuerda el Permiso para laborar, durante los turnos que considere necesarios el Instituto, siempre manteniendo el control de los autorizado y manteniendo la información necesaria con este Tribunal y ASI se DECIDE, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio. Cúmplase.-.
El Juez,

Abog. Ramón Vivas Frontado

La Secretaria

Abog. Zaida Ávila Piñango
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria