REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 6 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JL01-P-2002-000032
ASUNTO : JL01-P-2002-000032

Penado: Pedro Nicolás Arévalo González, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-2.515.099.

Decisión: Declaratoria de Causa Concluida.

Revisadas como han sido las presentes actuaciones que conforman el Asunto Nº JL01-P-2002-000032, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico observa:
Cursa a los folios 34 al 39 de la cuarta pieza del expediente, decisión de fecha 06 de diciembre de 2006, mediante la cual se le acordó al penado la formula alternativa al cumplimiento de la pena de Libertad Condicional, estableciéndose al efecto como fecha de cumplimiento de pena el día 03 de julio de 2009.
Es por ello que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, da por concluido el caso por haber cumplido la pena en cuanto a la causa que se le siguió al penado Pedro Nicolás Arévalo González, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-2.515.099, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese al Cuerpo Técnico de Policía Judicial. Notifique a las partes. Cúmplase.
El Juez

ABOG. RAMON VIVAS FRONTADO

La Secretaria

ABOG. ZAIDA ÁVILA PIÑANGO
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria.