REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial
Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución 03
Circuito Judicial Penal del Estado Guárico


San Juan de los Morros, 02 de Julio de 2009
199º y 150º

Asunto Principal: JJ01-P-2008-000005
Asunto: JJ01-P-2008-000018
Penado: Andy Germain Montañez


Revisadas como han sido las presentes actuaciones observa este Tribunal lo siguiente:

El ciudadano Andy Germain Montañez Carrera fue condenado a cumplir la pena de veinte (20) años de prisión, por ser autor responsable en la comisión de los delitos de Homicidio intencional simple y homicidio intencional simple en grado de frustración, y fue detenido por primera y única vez en fecha 19-02-2008 (F. 226 P 2)

En fecha 22 de junio del presente año fue recibida comunicación número 1353, de fecha 08-06-2209, procedente del Centro Penitenciario de Los Llanos, con sede en Guanare Estado Portuguesa, informando que el penado Andy Germain Montañez se evadió de dicho centro el 05-06-2009, lo que indica que para la fecha de la evasión llevaba detenido un tiempo de un (01) año, dos (02) meses y dieciséis (16) días, faltándole por cumplir de la pena impuesta, un tiempo de dieciocho (18) años, nueve (09) meses y catorce (14) días.-

En el caso que nos ocupa, tal y como se señaló anteriormente, sobre el penado pesa una condena de veinte (20) años de prisión, y el mismo se evadió del centro carcelario el 05 del mes próximo pasado, considerando quién decide que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso, conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, es el ordenar la captura del reo en cuestión, quién una vez capturado deberá ser recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, a la orden de este tribunal, para continuar cumpliendo la pena que le falta. Y así se decide.
Dispositiva:

El Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta el siguiente pronunciamiento: Ordena la captura del penado Andy Germain Montañez Carrera, venezolano, natural de esta ciudad, donde nació el 10-12-1986, de 22 años, soltero, obrero, residenciado en: Barrio Las Flores, Calle Las Flores, casa 37, Villa de Cura, Estado Aragua, y titular de Cédula de Identidad N° 18.898.888, quién una vez aprehendido será recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, a los fines que cumpla el resto de la pena que le falta por cumplir, todo de conformidad con lo establecido en la normativa del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Regístrese, publíquese y notifíquese lo conducente. Líbrese boleta de encarcelación dirigida a la Penitenciaria General de Venezuela y remítase con oficio a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Cúmplase.-
La Jueza

Eva Lucía Arévalo de Lobo
El Secretario,

Andrés González Mora