REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución 03
Circuito Judicial Penal del Estado Guárico


San Juan de los Morros, 07 de Julio de 2009
198º y 149º

Asunto Principal: JP01-P-2006-002218
Asunto: JP01-P-2006-002218
Penado: Jesús Manuel Orazma


Revisadas como han sido las actas que conforman la presente pieza jurídica, este tribunal pasa a practicar cómputo de pena del penado de autos de la siguiente manera:

Primero: El ciudadano Jesús Manuel Orazma, fue condenado a cumplir la pena de seis (06) años de prisión, por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

El precitado penado, fue detenido por primera vez el 25-08-2006 y en fecha 19-05-2009 le fue revocado el beneficio de régimen abierto, por incumplimiento de las condiciones impuestas dentro del Centro de Tratamiento Comunitario, lo que indica que a la fecha lleva un tiempo de cumplimiento de pena de dos (02) años, diez (10) meses y doce (12) días, a lo que se le suma una redención de pena que le fue acordada el 28-05-08 por un tiempo de cinco (05) meses, que hacen un total de cumplimiento de pena de tres (03) años, tres (03) meses y doce (12) días, faltándole por cumplir de la pena impuesta un tiempo de dos (02) años, ocho (08) meses y dieciocho (18) días, y cumplirá la totalidad de la pena el 25 de Marzo de 2012.-

Segundo: Las nuevas fechas para que el penado Antonio José Rojas pueda solicitar su libertad como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, de acuerdo a lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal son las siguientes: Destacamento de Trabajo: Ya opta, Régimen abierto: Ya opta y le fue revocado, Libertad Condicional: Al cumplir 2/3 de la pena, lo que es igual a 4 años, que cumplirá el 25 de marzo de 2010, pero que no procede conforme al ordinal 4° del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y Confinamiento: Al cumplir las ¾ partes de la condena, lo que se traduce en 4 años y 6 meses, que cumplirá el 25 de Septiembre de 2010

Dispositiva:

El Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución 03 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Practica nuevo cómputo de detención del penado Jesús Manuel Orazma, venezolano, natural de El Sombrero (Guárico), donde nació el 09-12-85 de 23 años, albañil, soltero, hijo de Jesús Rebolledo y de Mariluz Orazma, residenciado en: Barrio Vista El Morro, Calle Principal, Sector El Samán, cerca del Modulo, de esta ciudad y titular de la cédula de identidad 19.985.712, estableciendo que cumplirá la totalidad de la pena el 25 de Marzo de 2012 y que las fechas en las que puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena son las siguientes: Destacamento de Trabajo: ya opta; Régimen Abierto: ya opta y le fue revocado, Libertad Condicional, a partir del 25 de Marzo de 2010 y Confinamiento a partir del 25 de Septiembre de 2010, cómputo realizado conforme a lo pautado en los artículos 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido. Remítase copia certificada al director del Centro de Tratamiento Comunitario.-
La Juez,

Eva Lucía Arévalo de Lobo

El Secretario,

Andrés González Mora