REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 21 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2007-002713
ASUNTO : JP21-P-2007-002713
JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ.
PENADO: JOSE LUIS BELTRAN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de Identidad N° V- 17.508.795, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, con fecha de nacimiento el 31/03/85, de 23 años de edad, hijo de los ciudadanos José Antonio Soto e Irma Beltrán, con residencia en la calle San Martín, cruce con calle Cruz Verde, cerca de la universidad Simón Rodríguez, Zaraza, Estado Guárico.
DELITO: COMPLICE NO NECESARIO EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR.
DEFENSA: PUBLICA PENAL I.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DECISION: INICIO TRAMITES OTORGAMIENTO BENEFICIO REGIMEN ABIERTO.
ABOCAMIENTO
En virtud de la rotación anual de jueces, la juez FRANCIA MALUX PIÑERUA se aboca al conocimiento del presente Asunto.
Revisado como ha sido el presente Asunto, se observa auto de ejecución de sentencia de fecha 16/02/09, mediante el cual se realizó cómputo de la pena impuesta al ciudadano JOSE LUIS BELTRAN, determinando como fecha para el posible otorgamiento del beneficio de REGIMEN ABIERTO el 14/05/09.
Toda vez que de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08 y con ponencia del magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, se suspendió la aplicación del último aparte del artículo 458 del Código Penal, en el cual se encuentra previsto el delito de ROBO AGRAVADO, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de los beneficios de cumplimiento alternativo de la pena. Este Tribunal Primero de Ejecución ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal; y en consecuencia ORDENA:
1.- Librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Juan de los Morros, ubicada en la Avenida Bolívar, Centro Comercial “Las Ameritas”, Piso 1, Oficina 9, San Juan de Los morros, Estado Guárico solicitando se le practique al penado a la brevedad posible el Informe Psico-Social.-
2.- Librar oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que remita a este Despacho, con la prontitud del caso, Constancia actualizada de los posibles antecedentes penales que pudiera presentar la penada.
3.- Ofíciese al director del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, centro de reclusión en donde se encuentra el penado a los fines de solicitar carta de conducta actualizada del penado. Notifíquese a las partes y ofíciese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCION,
ABOG. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ