N° DE EXPEDIENTE:JP51-L-2009-000107
PARTE DEMANDANTE: CARLOS EDUARDO CORALES, titular de la cédula de Identidad número V.-17.000.512
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: UNIDAD EDUCATIVA MONSEÑOR RAFAEL CHACIN SOTO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADO REMIGIO ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.769
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES.
En el día de hoy Martes treinta de junio de dos mil nueve (2.009), siendo las nueve de la mañana (11:00 a.m .), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, se deja constancia de la no comparecencia de la PARTE ACTORA ni por si ni por medio de apoderado alguno; no así la PARTE DEMANDADA quien lo hace a través de su apoderada judicial quien lo hace a través de su representante legal ciudadano FRANCISCO MARTINEZ , titular de la Cedula de Identidad Nº 10.984.346 asistido por el profesional del derecho REMIGIO ESCALONA , inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.769; así las cosas de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZA,
GLANES BORGES ROMERO
EL DEMANDADO Y SU ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA,
ABOG.GABRIELA SCROFANI
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