REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 16
Caracas, 30 de junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-010419
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentado por la Abg. MARITZA VALERO GONZALEZ, en su carácter de Defensora Público Quinta (5°), a solicitud de los ciudadanos SOILIN CORALIS SANCHEZ y JOSE ALFREDO CRUZ GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.711.260 y V-13.860.901, respectivamente, a favor de su hijo SE OMITEN DATOS; y por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; este Tribunal procede a Homologar el presente CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en los términos allí expuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Se ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente Asunto. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. CLARA AURORA PONCE ROCA.
LA SECRETARIA,
ABG. MILAGROS NATHALÍ SILVA