REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, dieciséis (16) de junio de dos mil nueve (2009).
199º y 150º

ASUNTO: AH18-R-2008-000027


DEMANDANTE: Cargill de Venezuela, S.R.L, antes denominada Cargill de Venezuela, C.A, originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 07 de marzo de 1.986, bajo el Nro. 26, Tomo 16-A, con modificación de domicilio inscrita por ante el Registro Mercantil antes mencionado, inscrita el día 11 de octubre de 1.990, bajo el Nro. 37, Tomo 5-A, y en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, inscrita el día 13 de diciembre de 1.990, bajo el Nro. 1, Tomo 114-A Sgdo; y modificación de su naturaleza jurídica a la actual, y reformados de manera general sus estatutos, según consta de acta de asamblea extraordinaria de accionistas, celebrada en la ciudad de Caracas, en fecha 28 de noviembre de 2003, anotada bajo el Nro. 71, Tomo 176-A-Sgdo; de los libros llevados por el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda.

APODERADO
DEMANDANTE: Enrique Troconis Sosa, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nro. V.-9.879.654, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.626.

DEMANDADA: Pastas de León, C.A., domiciliada en Valencia, Estado Carabobo, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2.002, bajo el Nro. 68, tomo 4-A, representada por su Gerente General, ciudadano Manuel de León Hernández, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.- 4.565.713.

ABOGADO ASISTENTE
DEMANDADA: María de los Ángeles Cequea, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 124.385.

MOTIVO: Apelación (Transacción)

ASUNTO: AH18-R-2008-000027

Por recibido y visto el escrito de transacción consignado en fecha trece (13) de mayo de Dos Mil Nueve (2009), por el abogado en ejercicio Enrique Troconis Sosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.626, procediendo en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, este Tribunal a los fines de resolver observa:

Vista la transacción suscrita en representación de la parte actora, Cargill de Venezuela, S.R.L, antes denominada Cargill de Venezuela, C.A, por su apoderado judicial, ciudadano Enrique Troconis Sosa, y en representación de la parte demandada, el ciudadano Manuel de León Hernández, en su carácter de Gerente General de la empresa demandada-cesionaria, Pastas de León, C.A., asistido por la abogada María de los Ángeles Cequea, todos arriba identificados, celebrada en fecha 12 de diciembre de 2008 por ante la Notaría Pública Trigésimo Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el Nro. 24, Tomo 302, y comoquiera que de una revisión minuciosa de los instrumentos cursantes a los autos, se verifica que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia y que el derecho litigioso puede ser objeto de esta actuación procesal. Igualmente, se pudo constatar que las partes y/o sus representantes involucrados en el litigio, que suscriben dicha transacción tienen facultad expresa para celebrar la misma. En tal virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en los artículos 1.713, 1.714 y 1.718 del Código Civil, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la transacción antes referida, dando por CONSUMADO el acto, por consiguiente, se pasa como Sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA, en los mismos términos en que fue suscrita por las partes.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de junio de dos mil nueve (2009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Temporal,

Dr. César Mata Rengifo.
La Secretaria Titular,

Abg. Inés Belisario Gavazut

En esta misma fecha, siendo las ___________________________________________ ( : . m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en el Departamento de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
La Secretaria Titular,

Abg. Inés Belisario Gavazut

CAMR/IBG/Blendy
Exp: AH18-R-2008-000027