REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, dieciocho de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AH1A-S-2008-000190
MOTIVO: Divorcio 185-A del Código Civil
PARTES: SIEGFRIED HELLMUT GEYER FRISCH y NATALIA CRISTINA LAIZIAGA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Números Nros. V-4.772.219 y V- 6.896.608 respectivamente.

ABOGADO ASISTENTE: ROBERTO PONTE abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 36.913.

Se inicia el presente procedimiento mediante escrito presentado por los ciudadanos SIEGFRIED HELLMUT GEYER FRISCH y NATALIA CRISTINA LAIZIAGA, identificados en el encabezamiento del presente fallo. Alegaron los solicitantes que contrajeron matrimonio en fecha catorce (14) de agosto del año mil novecientos noventa y nueve (1999), ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda. Establecieron su domicilio conyugal en la siguiente dirección: Urbanización el Placer, calle norte-4-A, Quinta. Suabia, Municipio Baruta del Estado Miranda. Alegan los solicitantes que en virtud de que se encuentran separados de hecho desde el mes de enero del año (2002), y hasta la presente fecha no ha habido reconciliación, de la unión matrimonial no procrearon hijos, y si adquirieron bienes, por todo lo anterior y por haber mantenido una ruptura prolongada de más de cinco (05) años, es por lo que solicitan a este Juzgado que declare su Divorcio, según lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.

Admitida la solicitud en fecha treinta (30), de junio de dos mil ocho (2008), en esta misma fecha se ordenó la notificación al ciudadano Fiscal del Ministerio Público, comparece ante este tribunal la abogada YNES DIAZ ORELLANA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien manifestó, “Revisadas como han sido las actas que integran el presente expediente distinguido bajo la nomenclatura ASUNTO: AH1A-S-2008-000190, contentivo de la solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, intentada por los ciudadanos SIEGFRIED HELLMUT GEYER FRISCH y NATALIA CRISTINA LAIZIAGA, ambos plenamente identificados en autos, esta Representación Fiscal,“ Emite Opinión Favorable”.

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
Establece el Artículo185-A, del Código Civil lo siguiente:

“...Cuando los cónyuges han permanecido separado de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el Divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común…”

De la lectura efectuada a la norma anteriormente transcrita, se evidencia que en el presente caso, fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, concluye esta Juzgadora, que la solicitud que encabeza la presente actuación debe prosperar en derecho. Y ASI SE DECIDE.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos SIEGFRIED HELLMUT GEYER FRISCH y NATALIA CRISTINA LAIZIAGA, ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO POR DIVORCIO, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha catorce (14) de agosto del año mil novecientos noventa y nueve (1999), ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda. Según Acta Nº 456, expedida por la misma autoridad en la fecha antes señalada.-

Liquídese la Comunidad Conyugal.

Publíquese y Regístrese.
Notifíquese a la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, y al Registrador Principal del Estado Miranda.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dieciocho (18) de junio de dos mil nueve 2009.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ,


Abg. MARIA CAMERO ZERPA

LA SECRETARIA ACC.


Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS


MCZ/JGF/Corina M.
ASUNTO: AH1A-S-2008-000190