REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy tres (03) de junio del año dos mil nueve (2009), siendo la una de la tarde (1:00 p.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA ZULAY BRAVO DURAN y la ABOGADA GENAIRE GONZÁLEZ FIGUEROA, SECRETARIA TITULAR; en compañía y a solicitud de la parte actora ejecutante ABOGADO LEONCIO ENRIQUE GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.585, en su carácter de endosatario en procuración; en la siguiente dirección señalada por el apoderado de la parte actora: Banco Federal Agencia Nueva Granada, ubicada en la Avenida Nueva Granada, Edificio Wanlac, Planta Baja, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada y ordenada por el JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue LEONCIO ENRIQUE GUERRA contra LUIS ALBERTO ARGUELLES TRISTAN; expediente N° AP31-M-2008-000528; recibida por este Juzgado mediante proceso de distribución de fecha 02 de junio de 2009.- Seguidamente en el lugar supra identificado, el Tribunal notificó de su misión al ciudadano JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.377.392, en su carácter de Gerente del Banco Federal.- En este estado la parte actora ejecutante, antes identificado, expone: “Señalo para ser Embargada Ejecutivamente la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 4.313,45), disponible en la cuenta de ahorros N° 01330002001101028802, perteneciente a la parte demandada LUIS ALBERTO ARGUELLES TRISTAN, titular de la cédula de identidad Nro. 4.500.052, en la presente Institución Bancaria. Es todo”.- Acto seguido al Gerente notificado, antes identificado, expone: “Informo al Tribunal que de la revisión realizada al sistema computarizado llevado por esta Institución, se desprende que la Cuenta Nro. 01330002001101028802, es del tipo cuenta de Ahorros, cuyo titulares son los ciudadanos VALENTIN ARGUELLES GARCÍA y LUIS ALBERTO ARGUELLES TRISTAN, titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.096.043 y 4.583.852, respectivamente, y tiene disponible al día de hoy la cantidad de DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTISÉIS BOLÍVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 18.626,91). Asimismo, informo que consta en los archivos llevado por esta Institución que el cotitular ciudadano VALENTIN ARGUELLES GARCÍA, falleció, y en consecuencia la referida cuenta forma parte de la sucesión respectiva, debidamente participada a esta Entidad Bancaria. Es todo”.- Seguidamente en cumplimiento de la Comisión este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA EMBARGADA EJECUTIVAMENTE la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 4.313,45), disponible en la cuenta de Ahorros N° 01330002001101028802, cuyo cotitular es el demandado ciudadano LUIS ALBERTO ARGUELLES TRISTAN, titular de la cédula de identidad N° 4.583.852; y se instruye al notificado a los fines de que proceda al bloqueo inmediato de la cantidad embargada y emita cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Comitente JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, por la cantidad embargada que asciende a la suma de CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 4.313,45).- De seguidas el notificado hace entrega al Tribunal de Cheque de Gerencia N° 15014603, de esta misma fecha, a nombre del Tribunal Comitente, por la cantidad embargada CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 4.313,45), No Endosable; el cual se da por recibido para remitirlo al Tribunal Comitente, y se agrega copia fotostática del mismo, para que forme parte integrante de la presente acta.- En este estado el actor, expone: “Solicito al tribunal se sirva remitir la comisión con sus resultas al Tribunal de la Causa. Es todo”.- Vista la solicitud formulada por la parte actora ejecutante, este Tribunal acuerda de conformidad y en consecuencia ordena la devolución de la comisión con sus resultas al Comitente.- El Tribunal ordena hacer entrega en este acto al notificado de copia simple de la comisión y de la presente acta, copias que recibe conforme.- Se ordena expedir por Secretaría copia certificada de toda la comisión para ser agregadas al copiador de actas llevado en este Tribunal.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 3:30 p.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ

ABG. ZULAY BRAVO DURÁN

EL NOTIFICADO



LA PARTE ACTORA EJECUTANTE




LA SECRETARIA

ABG. GENAIRE GONZÁLEZ FIGUEROA