REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Lunes Ocho (08) de Junio del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las Doce del mediodía (12:00 m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Carmen Alarcón Reaño, del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Mario Lista Pereira, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.598, del representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., y del Perito Avaluador ciudadanos Carlos Rivas y Jesús Raposo, identificados con las cédulas de Identidad Nros. V-6.318.092 y V-3.872.479, designados por éste Juzgado quienes estando presentes en este acto aceptaron los cargos y prestaron juramento de ley, y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, ciudadano: Gruver Malave, cédula de identidad nro. 11.197.432, placa nro. 8697, adscrito a la División Motorizada en la siguiente dirección: “Apartamento ubicado en la calle Zaleta, Urbanización Prado de Maria, Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Federal, denominado Quinta Coromoto Nº 28-60-10”; a objeto de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA y EMBARGO EJECUTIVO, decretadas por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Desalojo, sigue el ciudadano Joao Sebastiao Fernández, contra el ciudadano Luís R. Molina, expediente Nº AP31-V-2008-001626.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado, el Tribunal Ejecutor procedió a dar los toques de ley, siendo atendido su llamado por la ciudadana: Josefa Herminia Arismendi Barrios, identificada con la cédula de identidad nro. V-8.009.086, quien notificada de la misión del Tribunal y leído como fue el contenido del Despacho, manifestó ocupar el inmueble y ser la madre de Luís Molina (Parte Demandada) y que su hijo se encuentra actualmente fuera de Caracas, en Morón, procediendo a comunicarse con él por vía telefónica al número 0424-440.33.76.- Acto seguido el apoderado Judicial de la parte actora expone: “Visto que en el inmueble se encuentra presente la ciudadana Josefa Arismendi quien manifiesta ser progenitora del demandado y quien se comunicó con su hijo, pasándome la llamada telefónica y solicitándome que le concediera un lapso de dos (02) días para estar presente en el inmueble, para ocuparse y trasladar a su señora madre y hacer entrega del inmueble desocupado de bienes y personas, en consecuencia solicito al Tribunal Ejecutor que en el día de hoy se abstenga de practicar la entrega material y el embargo ejecutivo ordenados, hasta nuevo traslado, para lo cual le solicito a este Tribunal Ejecutor que me fije nueva oportunidad, para el día Jueves 11-06-09 a las (12:00 m) del mediodía. Es todo”. Vista la solicitud del Apoderado Actor y el plazo por el concedido al Demandado, Luís Molina, este Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene de practicar la medida de Entrega Material y Embargo Ejecutivo para la cual fui comisionada y en cuanto a la solicitud de que se fije nueva oportunidad, este Tribunal acuerda fijarlo mediante auto separado. Es todo, da por terminado el acto siendo las (2:00 p.m.)- Terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Titular
La Notificada
El Apoderado Judicial
El Representante de la
Depositaria Judicial
El Perito Avaluador.
El Funcionario Policial.
La Secretaria Titular.
Comisión: 1986-09
MCCM/Clar.-