REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, (02) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2008-006223

Visto el escrito presentado por ante este Juzgado en fecha: 20 de Mayo de 2009, por los abogados REINALDO BERMUDEZ y GERARDO HENRIQUEZ identificados con los IPSA N° 71.037 y 36.225, respectivamente el primero apoderados judiciales, de la parte actora y el segundo apoderado judicial de la parte demandada, según consta de poderes que cursa en autos, en el documento: ESCRITO DE TRANSACCION constante de cinco (5) folios útiles ambas partes celebran una transacción, en la cual describen una relación circunstanciada de la misma.
En tal sentido, quien suscribe, vista la presente transacción, suscrita por las partes anteriormente identificados actuando en su carácter de parte actora y en su carácter de parte demandada, luego de examinar el contenido de la presente Transacción celebrada, constatado que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, y verificando la facultad para transar de ambas representaciones, procede de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y en virtud de que es un medio de auto composición procesal procede a impartir su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático una vez que conste en autos prueba de haberse cumplido con lo pautado en la transacción. Finalmente se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas del escrito transacción mas del auto de homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a tal efecto, se insta a las partes a consignar copias simples de lo solicitado por ante este despacho. Cúmplase con lo ordenado.
El JUEZ,




CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA
Abg. JERALDINE GUDIÑO