REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGESIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

ASUNTO: AP21-S-2009-000282


Por cuanto la juez a cargo de este juzgado se encontraba de reposo médico desde el 07 al 18 de mayo de 2009, ambas fechas inclusive, se deja constancia de ello, y por consiguiente se pasa en la presente fecha a emitir pronunciamiento del escrito transaccional presentado en fecha cinco (05) de mayo del presente año, por el ciudadano JOHAN MANUEL CASTILLO en su carácter de oferido debidamente asistido por la abogadas EVA LOZADA inscrita en el IPSA N° 29.320 y por la otra parte la abogada ADRIANA SANCHEZ BENITEZ, inscrita en el IPSA N° 43.455 actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada FINCA DOS AGUAS C.A., mediante el cual solicitan la homologación del mismo por la cantidad de OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. F 865,00), por concepto de prestaciones sociales y cualquier otro concepto derivado de la relación de trabajo; en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase.