REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGESIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-002239


Vista la diligencia presentada en fecha 16-06-2009 por el abogado ANDRES NUÑEZ, IPSA Nro. 123.815, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante mediante al cual desiste del procedimiento, quien decide una vez revisado el instrumento poder consignado por el referido abogado del mismo se evidencia que éste tiene facultades expresas para desistir, en consecuencia, se homologa el desistimiento en los términos indicados, en el juicio por Cobro represtaciones sociales y otros conceptos seguido por el ciudadano ALIRIO FRANCISCO AMADO CAMPINS contra la empresa DHOMUS FINE FLOORING en consecuencia, se declara terminada la audiencia preliminar, se acuerda la devolución del material probatorio y asimismo se ordena el cierre informático del presente asunto. Cúmplase


El Juez

El Secretario

Abg. Ruth Pernía


Abg. Israel Ortiz