REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. San Juan de los Morros, diez (10) de junio del año dos mil nueve.

198º y 150º



Visto el desistimiento hecho por el demandante PABLO ANTONIO ZAMBRANO, contenido en diligencia de fecha 28 de mayo del año 2009; el Tribunal, lo homologa, da por consumado dicho desistimiento y en consecuencia, declara terminado el presente juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, interpuesto contra el ciudadano MANUEL SALVADOR AVILA ESTANGA Y NANCY ISABEL PUNCHILUPPI DE AVILA. De conformidad con lo solicitado, se acuerda la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 29 de abril de 2003 y participado al Registrador Subalterno del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, mediante oficio N° 500-03, sobre el inmueble propiedad de los intimados, según consta de documento registrado por ante la Oficina ya señalada, en fecha 18 de mayo de 2000, bajo el N° 21, folios 101 al 104, protocolo primero, Tomo II, segundo trimestre, en consecuencia, ofíciese a dicha Oficina de Registro, haciéndoseles saber, de la suspensión de la medida. Líbrese oficio. Archívese el expediente.


La Jueza,


Abg. Estehela Carolina Ortega Velásquez
La Secretaria,

Abg. Marisel Peralta Ceballos

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
ECOV/lp
Exp. N° 3026-99