REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 15 de Junio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2008-003970
ASUNTO : JP21-P-2008-003970

ACUSADA: MARISOL JOSEFINA GONZALEZ
DELITO: LESIONES PERSONALES DE MEDIANA GRAVEDAD y ROBO SIMPLE O GENERICO
VICTIMA: EDITH JUSTINA DURAN RODRIGUEZ
MOTIVO: AUTO ACORDANDO DAR RESPUESTA SOBRE INFORMACION SOLICITADA POR EL DEFENSOR PRIVADO.

Vistos escritos de solicitud de información sobre la tramitación de Recurso de Apelación por parte del ABOG. ELIAS QUIAME, interpuestos en fechas 27-05-2009 y 02-06-2009, cuyos escritos no fueron agregados a los autos ni se dio cuenta a la Juez adscrita a este Despacho sino hasta el día 12-06-2009, por cuanto los referidos escritos de solicitud no habían sido agregado al asunto el cual no había sido ubicado en virtud de que estaba siendo trabajado en sala y en la Oficina de Tramitación Penal, tal y como se desprende de certificación levantada por Secretaria a los efectos de dar respuesta oportuna se observa: De la revisión minuciosa de todas las actuaciones que conforman el presente asunto, el cual se le dio entrada ante este Tribunal de Juicio en fecha 13-04-2009, no se desprende la tramitación de Recurso de Apelación alguno sobre decisiones emitidas por el Tribunal de Control N° 1 en la correspondiente Audiencia Preliminar, no obstante y de forma inexplicable se observa de la revisión del sistema Juris 2000 que efectivamente si se presento recurso de apelación en fecha 26-01-2009 por parte del Defensor Privado ABOG. ELIAS QUIAME, así como se evidencia auto de entrada del referido recurso en fecha 27-01-2009 y la orden de emplazamiento correspondiente, librando las boletas respectivas en la misma fecha, no obstante a los fines de dar respuesta al Defensor sobre lo solicitado se realizo el seguimiento de los libros de salida que reposan en la Coordinación de Secretarios, evidenciándose que el mencionado recurso siguió siendo trabajado por el Tribunal de Control N° 1 separadamente, a pesar de llevar la misma nomenclatura es decir JP21-P-2008-3970, tramitando así el recurso y siendo remitido dicho cuaderno en fecha 11-05-2009, bajo oficio N° 1962-09 emitido por el Tribunal de Control a través de asuntos propios llevados por el mismo y suscrito por la Juez a cargo de dicho Tribunal y siendo recibido por la oficina de Alguacilazgo en fecha 13-05-2009 para su remisión a la Corte de Apelaciones. Igualmente se observa que en fecha 20-05-2009 se registraron actuaciones propias del Tribunal de Control N° 1, relacionadas con el envió de la referida apelación en el Sistema Juris 2000, por cuanto el servidor estaba fuera de funcionamiento, razón por la cual se acuerda librar boleta al Defensor Privado y a las partes notificándole de la información aquí recabada. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ DE JUICIO N° 01


Abg. GISEL MILAGROS VADERNA MARTINEZ

LA SECRETARIA


ABG. YADIRA QUINTERO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Conste.

EL SECRETARIO


ABG. YADIRA QUINTERO