En el día de hoy, Veintidós (22) de Junio del dos mil Nueve, siendo las 11: a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el primer acto conciliatorio en el presente juicio, se anuncio el mismo a las puertas del Tribunal por el Alguacil y no habiendo comparecido la parte actora, ni demandada en forma personal, el Tribunal así lo hace constar y declaro extinguido el proceso de conformidad con el artículo 757 del Código de Procedimiento Civil. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente. En el libro respectivo y en su oportunidad y remítase para su archivo al Extensión Valle de la Pascua del Estado Guárico con oficio. Terminó se leyó y conformes firman.-
El Juez,


Dr. José A. Bermejo
La Secretaria Acc,


Abg. Celida Matos

Exp. Nº 17650
JB/cm/lg