La ciudadana: Esther Bohorquez de Iglesias, supra identificada, presento escrito en fecha 04 de Mayo del año en curso, donde solicita se le declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de quien en vida respondiera al nombre de CAMILO IGLESIAS FERNANDEZ, quien falleció ab - in
Los solicitantes acompañaron a su escrito, Copia certificada de Acta de Defunción Nro° 521548, correspondiente al difunto CAMILO IGLESIAS FERNANDEZ, expedida por el Registro Civil del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, Copia Certificada del Acta de Matrimonio expedida por el Registro Civil del Distrito Miranda del Estado Guárico.-
Admitida la solicitud en fecha 11 de Mayo del de 2009, se ordenó librar edicto convocando a todas aquellas personas que tuviesen interés en el asunto, para que comparecieran ante este Tribunal dentro de los Diez (10) día de despacho siguiente a la consignación que se hiciera en el expediente de la publicación de dicho Cartel a exponer lo que a bien tuvieran en relación a lo solicitado.-
En fecha 25 de Mayo del 2009, mediante diligencia que corre inserta al folio nueve (09) del presente expediente se consigno el edicto debidamente publicado.-
En fecha 18 de Junio del 2009, mediante auto se dejo constancia de la publicación del cartel.-
En fecha 25 de Junio del 2009, aparecen la declaración de los testigos ciudadanos ENZZO FRANSCHESCO SCHETTINO PEREZ Y RAFAEL ARTURO VILORA SIERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 20.621.666 Y 13.875.239, respectivamente.
Vencido el lapso de emplazamiento sin que persona alguna haya comparecido, el Tribunal pasa a resolver la solicitud en los términos siguientes:
Del contenido de la solicitud, de los mencionados elementos probatorios, aparece que la misma es procedente en derecho, y así se declara, tal como se expondrá en la parte dispositiva del presente fallo.