En el día hábil de hoy, viernes doce (12) de junio de dos mil nueve (2009), siendo las nueve (09:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Celebración de la Audiencia Preliminar en el presente Juicio, incoado por el ciudadano: WILLIAN JESUS COLMENAREZ HERNANDEZ, en contra de la empresa MERCAL, previo el anuncio de Ley, este TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO; deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Años: 199º de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,

ABG. MARIA MILAGROS SALAZAR
LA SECRETARIA

ABG. NINOLYA SUAREZ
En esta misma fecha siendo las .915, de la mañana se publicó la anterior decisión y se dejó copia certificada.
La secretaria,