Vista la diligencia la diligencia presentada por el abogado JUAN JOSÉ TOVAR ARIAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 46.978, en fecha 12 de junio de 2009, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano YSRAEL YGNACIO ARIAS, parte actora en la presente causa, mediante la cual manifestó el Desistimiento del presente Procedimiento, por cuanto le fueron cancelados a satisfacción los conceptos reclamados a su patrocinado, es por lo que este Juzgado imparte la Homologación de Ley y se declara terminado el proceso, dándosele efectos de cosa Juzgada y ordena el archivo del expediente, todo de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese. Regístrese y Déjese Copia Autorizada.

LA JUEZA,

ABG. MARIA MILAGROS SALAZAR

LA SECRETARIA


ABG. NINOLYA SUAREZ

En esta misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 10:00 de la mañana y se dejó la copia autorizada,

Secretaría,