REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2004-000911
Se observa, que se inicia el presente procedimiento de Estabilidad Laboral hecho por la parte actora, en fecha 06 de Septiembre de 2004.
En fecha 06 de Septiembre de 2004, se dio por recibido.
A la presente fecha, no consta en autos en modo alguno ningún acto de procedimiento de las partes.
Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”
En tal sentido, en el caso de marras, que en fecha 19 de Diciembre de 2006, se libró oficio al Jefe de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Miranda- Guarenas, y no se ha recibido la información requerida hasta la presente fecha, ha transcurrido más del año según lo establecido en la mencionada norma, sin que la parte interesada haya realizado acto alguno.-
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio incoado por la ciudadana: MELVIN JAVIER DONADO RAMIREZ contra TERRAZA STEAK HOUSE C.A..
El Juez
La Secretaria
Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abg. Lorena Guilarte
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