REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

ASUNTO n° AP21-L-2008-002194

En el juicio incoado por el ciudadano Miguel Antonio Rodríguez en su carácter de parte actora, contra la sociedad mercantil denominada: “Ingenieria CAU C.A.”;este Juzgado observa lo siguiente:

La parte actora ciudadano Miguel Rodríguez debidamente asistido por la abogada Graciela García presento diligencia en fecha 16.03.2009, mediante la cual manifestó su voluntad de desistir del presente procedimiento (folio 40-41), en atención a ello este Tribunal imparte la homologación del desistimiento de conformidad a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se resuelve.-

DECISIÓN

Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

1°) HOMOLOGADA el desistimiento del procedimiento presentado por la parte actora ciudadano Miguel Antonio Rodríguez en razón de la demanda que por Diferencia de Bono Nocturno y otros conceptos incoara contra la sociedad mercantil denominada: “Ingenieria CAU C.A.”; parte demanda, ambas partes debidamente identificadas en los autos.

2°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy -exclusive-

Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el dieciocho (18) de marzo de dos mil nueve (2009). Año 198º de la Independencia y 150º de la Federación.

La Juez,
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OLGA ROMERO
La Secretaria,
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CLAUDIA YÁNEZ CORREA

En la misma fecha, siendo las once y cero minutos de la mañana (11:00 am.), se consignó y publicó la anterior decisión.

La Secretaria,
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CLAUDIA YÁNEZ CORREA