REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 6
Caracas, 17 de marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO: AP51-V-2007-000604
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente y vista la diligencia de fecha 13 de marzo de 2009, suscrita por la ciudadana MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Séptima (97°) del Ministerio Público, mediante la cual consigna acta de desistimiento suscrita por los ciudadanos GUERRERO CARRERO JESUS ATILIO y LOPEZ TORTOZA YUDITH MARGARITA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.899.820 y V-12.357.997, este Juez Unipersonal VI Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho desistimiento, le imparte su aprobación y lo da por consumado en los mismos términos, fines y condiciones por ellos expuestos. Se ordena el cierre y archivo del asunto. ASI SE DECIDE.
El Juez


Abg. José Alberto Nunes Marquina


La Secretaria,

Abg. Katty Solórzano