REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL IX
Caracas, 11 de marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2008-021406

Visto el escrito de fecha 16/12/08, presentado por MARIA EUGENIA RONDON, en representación de la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente N° 2 del Municipio Baruta del Estado Miranda; actuando en nombre y representación de los derechos e intereses del adolescente (...) de (...) y (...) años de edad respectivamente; en el cual remite convenio de Obligación de Manutención, celebrado por ante esa Dependencia en data 28/10/2008, entre los ciudadanos CANDIDO GUSTAVO MEJIAS NARANJO y VERA BEATRIZ FERREIRA RODRIGUEZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.693.301 y V- 22.754.085 respectivamente, a favor de los prenombrado niños, y quienes acordaron todo lo relativo al cumplimiento de la referida obligación, esta Juez Unipersonal N° 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.