REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Juez Unipersonal XIV
Caracas, 17 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2006-016231
Vista la diligencia de fecha 16 de Marzo de 2009, presentada conjuntamente por los ciudadanos MARAHY GUADALUPE CHURION DÍAZ y RUBEN MAGDALENO PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.923.731 y V-8.467.804, debidamente asistidos por el Abogado CESAR CORTISSOZ, inscrito en el Inpreabogado con el Nro. 77.650, mediante el cual ambos desisten de la presente Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes; en consecuencia, esta Sala de Juicio, procede a HOMOLOGAR el presente DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; expídanse por Secretaría las copias certificadas; así mismo, se acuerda la devolución de los originales de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, a los fines de remitirle lo conducente. Archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
YLV/CAF/Thairyt H.
AP51-S-2006-016231
Sep. de Cuerpos y Bienes
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