REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº XVI.
Caracas, tres (03) de Marzo de Dos Mil Nueve (2.009)
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2008-020995
Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, y por cuanto se evidencia de las mismas que la ciudadana LUISA BORGES DE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nº 3.658.752, aceptó el cargo recaído en su persona y fue debidamente juramentada por la ciudadana Jueza, como Tutora del adolescente SE OMITEN DATOS , a BERNYS CELENA MUÑOZ BORGES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.627.343, como Protutor, a ALFREDO MANUEL VARGAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 8.094.560, como Suplente de Protutor y a los ciudadanos OLGA MERCEDES MUÑOZ, LUISA MARGARITA ALVARADO y JUAN CARLOS MARTINEZ, igualmente venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.526.190, V- 2.107.020, V- 5.219.572 respectivamente, como Miembros del Consejo de Tutela del adolescente SE OMITEN DATOS, antes identificado, quien no cuenta con representación legal y habiendo cumplido los extremos exigidos en la ley; es por lo que este Despacho Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de las facultades conferidas en el Parágrafo Cuarto, literal "e" del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo dispuesto en el artículo 301 y siguientes del Código Civil en concordancia con los artículos 906, 907 y 908 del Código de Procedimiento Civil, DISCIERNE el cargo de Tutor a la ciudadana LUISA BORGES DE MUÑOZ, supra identificada, a BERNYS CELENA MUÑOZ BORGES, como Protutor, a ALFREDO MANUEL VARGAS, como Suplente de Protutor y a los ciudadanos OLGA MERCEDES MUÑOZ, LUISA MARGARITA ALVARADO y JUAN CARLOS MARTINEZ, como Miembros del Consejo de Tutela del referido adolescente y niño de autos, antes identificados, con todas las consecuencias legales. Se acuerdan expedir por secretaría las copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión, del acta de juramentación y del auto del discernimiento, una vez conste en autos los fotostatos correspondientes. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. Clara Aurora Ponce Roca.
LA SECRETARIA,
Abg. Alicia Guzmán Vidal
Asunto: AP51-S-2008-020995
CAPR/AGV/Zully
Motivo: Tutela
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