REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinte de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : AP11-S-2009-000125
Visto el escrito presentado por el abogado en ejercicio LUIS GERARDO ASCANIO ESTEVES, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.317, actuando en su carácter de apoderado judicial especialísimo para tal fin, de los ciudadanos MIGUEL ANGEL PIÑERO AVELLANEDA y DIURLENNYS DERLYS DIAZ NAVAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V-7.682.268 y V-12.402.478, respectivamente, y los recaudos presentados, este Tribunal LA ADMITE en cuanto a lugar en derecho, en consecuencia y por cuanto se exhortó a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse esta, este Tribunal decreta dicha separación de cuerpos, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas de la presente solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,


LUIS TOMAS LEON SANDOVAL.
EL SECRETARIO,


MUNIR SOUKI.
ASUNTO : AP11-S-2009-000125
LTLS/MS/afc-01