REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinticuatro de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: AP11-F-2009-118
Visto el escrito presentado por los ciudadanos CARLOS OMAR ESPINEL MERCHAN y DEL VALLE COROMOTO MALAVE RUDAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V.- 14.548.991 y 15.367.136 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio ELISA PEREZ URBANEJA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.450 y los recaudos presentados, este Tribunal la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia y por cuanto se exhortó a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse ésta, este Juzgado decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el párrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,



Abg. Luís Tomás León Sandoval.-
El Secretario,


Abg. Munir J. Souki U.-

LTLS/MS/JCG-04
AP11-F-2009-118