REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Tres (03) de Marzo del año Dos Mil Nueve (2009), siendo la dos y veinte minutos de la tarde, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaria, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Ruben Colmenarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 69.303, los auxiliares de justicia los ciudadanos Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial la R.C., C.A., el perito avaluador, Rubén Rondon, quien es mayor edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, cuyas designaciones y juramentaciones constan suficientemente en el libro de designaciones y juramentaciones llevado por el Tribunal, en la siguiente dirección señalada por la representación de la parte actora: un apartamento para oficina distinguido con el numero 13, letra F, de la Torre Cemica, que forma parte del Edificio denominado Residencias Mis Encantos, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda con Calle Elice, Distrito Sucre (hoy Municipio Chacao), Estado Miranda, a fin de continuar con la practica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, con motivo del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue el ciudadano ALDEMARO ENRIQUE AVILA GAMERO contra el ciudadano MICHELE PIETRANTONIO BIELLO.-Una vez a las puertas del inmueble señalado por la representación de la parte actora, el Tribunal procede a dar los tres toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por personal alguna.- En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: señalo para ser embargado ejecutivamente el inmueble tipo apartamento para oficina distinguido con el numero 13, Letra “F”, de la Torre Cemica, que forma parte del Edificio denominado Residencias Mis Encantos, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda con Calle Elice, Distrito Sucre (hoy Municipio Chacao) del Estado Miranda; y le pertenece al demandado, ciudadano Michele Pietrantonio Biello., según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha Treinta y Uno (31) de Mayo del año Dos Mil Dos (2.002), bajo el Nº 23, Tomo 12 del Protocolo Primero, según se evidencia de documento de propiedad del mismo el cual consigno en este acto en copias certificadas expedidas por el Registro Publico del Municipio Chacao del Estado Miranda, a fin de que formen parte integrante de las presentes actuaciones.-Acto seguido Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, el señalamiento por el realizado y revisados como han sido en forma minuciosa el contenido del mismo, se ordena agregar a los autos a fin de que formen parte integrante de las presentes actuaciones constantes de cinco (05) folios útiles; y, dando cumplimiento a la misión encomendada, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble tipo apartamento para oficina distinguido con el numero 13, Letra “F”, de la Torre Cemica, que forma parte del Edificio denominado Residencias Mis Encantos, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda con Calle Elice, Distrito Sucre (hoy Municipio Chacao) del Estado Miranda, tiene una superficie aproximada de TREINTA Y SEIS METROS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (36,43 MTS2), y se encuentra alinderado así: NORTE: Fachada Norte de la Torre; SUR: Oficina 13-G; ESTE: Oficina 13-E y pasillo de circulación; y, OESTE: Fachada Oeste de la torre; lleva consigo el porcentaje de cero coma doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro millonésimas por ciento (0,254444%), del condominio sobre las cosas comunes y las cargas de la comunidad de propietarios; y le pertenece al demandado, ciudadano Michele Pietrantonio Biello., según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha Treinta y Uno (31) de Mayo del año Dos Mil Dos (2.002), bajo el Nº 23, Tomo 12 del Protocolo Primero; y lo pone en la posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto la firma R.C., C.A., representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, antes identificado.-En este estado el perito avaluador, expone: estimo un valor prudencial aproximado al inmueble objeto de la presente medida en la cantidad de Ciento Diez Mil Bolívares Fuertes (Bs.F. 110.000,00).-Es todo.-En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: por cuanto el monto embargado ejecutivamente en este acto no cubre lo decretado por el comitente, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad del demandado en una nueva oportunidad, por lo que pido al comisionado mantenga la presente comisión en los archivos del mismo hasta tanto localice nuevos bienes para ser señalados.- Es todo.- Acto seguido el Tribunal, ordena fijar a las puertas del inmueble un cartel de notificación, y vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial actor, la solicitud contenida en la misma acuerda de conformidad, mantener la presente comisión en los archivos de la sede, hasta tanto se solicite nueva oportunidad por la parte interesada para continuar con lo encomendado por el comitente, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las tres y veinte minutos de la tarde.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR
EL DEPOSITARIO JUDICIAL EL PERITO AVALUADOR
LA SECRETARIA
ABG. JOSEFA MANTILLA