REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de Marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2009-000129

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 02-03-2009, por el ciudadano Edwin Puerta titular de la Cédula de Identidad E- 84.200.085, parte oferida, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Ydania Molina Landaeta inscrito en el IPSA bajo el Nº 123.295, y por la parte oferente el abogado en ejercicio Maria Epelde inscrito en el IPSA bajo el Nº 105.131 plenamente identificado en autos, con ocasión a la SOLICITUD DE OFERTA REAL DE PAGO incoada por la empresa SERVICIOS TOLDECA, C.A a favor del ciudadano Edwin Puerta, mediante la cual la Parte Oferente hizo entrega a la Parte Oferida de 01 cheque del Banco Banesco N° 111909479 y carta dirigida la Banco Nacional de crédito a los fines del retiro del fondo sobre fideicomiso a nombre del Accionante el promero por la cantidad BS F. 5.867,31 y la segunda carta dirigida al Banco por la cantidad de BS F.2.637,72 este Juzgado por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, Finalmente se acuerda de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del art. 21de la LOPT expedir copia certificada del escrito transaccional y del presente auto, debiendo el solicitante consignar las copias simples objeto de la certificación. CÚMPLASE CON LO ORDENADO.

La Juez

Abg. Mónica Quintero
La Secretaria

Abg. Gloria Medina