JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSE FELIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
TUCUPIDO, 11 DE MARZO DE 2009.
198º Y 149º
Vista la proposición realizada en fecha 09-03-2009, por el Ciudadano: CARLOS MANUEL VILLALTA RANGEL, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: JENIFER ANDREA PUERTA ALVARADO, cursante al folio 08, donde se compromete el padre de los niños: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, el cual asumió la responsabilidad de consignar la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 280,oo) mensual, equivalente a SETENTA BOLIVARES (Bs. 70,oo) semanal, para cubrir gastos de alimentación, lo concerniente a gastos propios de la época decembrina, médico y medicinas cuando el caso lo amerite; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, de conformidad con el artículo 8 de la L.O.P.N.A., donde prevalece el interés superior del niño y del adolescente.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño. La Secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella.
Exp. N° 838-09.
VRVB/DPS/mildred.
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