REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Jueza Unipersonal VI
Caracas, 20 de mayo de 2009
199º y 150º
Asunto: AP51-S-2006-013137
Motivo: Autorización Judicial para Cobrar
Solicitante: AIXA LEISLANE BELLO MORA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular del a cédula de identidad Nro. V-.12.671.191
Beneficiario/a: SUJEDY VANESA GUIA BELLO, ISIDORO ANTONIO GUIA BELLO y SUJENY ZORAIDA GUIA BELLO
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Vistas y revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, en especial la diligencia presentada en fecha 15/05/2009, por la ciudadana SUJEDY VANESA GUIA BELLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.588.749, debidamente asistido por el abogado ESMERALDA MORALES, Defensora Pública Séptima (7ma), mediante la cual solicita a este Tribunal se autorice a la ciudadana antes mencionado, para retirar la cuota parte que le ha de corresponder del monto que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros Nro. 0003-0081-11-0100383220, del Banco Industrial de Venezuela, la cual se encuentra a nombre de la citada ciudadana, y sus hermanos ISIDORO ANTONIO GUIA BELLO y SUJENY ZORAIDA GUIA BELLO, en virtud de que la misma ha alcanzado la mayoría de edad, este Juez Unipersonal VI del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en vista del pedimento contenido en el la referida diligencia, y observando que la solicitante adquirió la mayoría de edad el día 21/03/2008, tal como se evidencia de la copia de la cédula de identidad Nro. V-18.588.749, que corre inserta en el folio 99 del presente asunto, concede autorización judicial, a la ciudadana SUJEDY VANESA GUIA BELLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.588.749, para que retire la cuota parte que le ha de corresponder del monto que se encuentra depositado en la citada cuenta de ahorros. En consecuencia, se ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones comunicándole lo conducente, a los fines de que procedan a hacer las gestiones pertinentes para que la mencionada ciudadana pueda realizar el retiro efectivo de la cuenta de ahorros Nro. 0003-0081-11-0100383220, del Banco Industrial de Venezuela. Cúmplase. Líbrese lo conducente.
El Juez
La Secretaria
Abg. Jose Alberto Nunes Marquina
Maria Eugenia Velásquez
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