REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
De Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal VI
Caracas, Veintiséis (26) de mayo de Dos Mil Nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP51-V-2004-001272
Motivo: Autorización para Tramitar Pasaporte
Solicitante: ANGELICA VASQUEZ, abogada adscrita a la Fundación Mi Familia.
Niño: “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”.-
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Vistas y revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, en especial la diligencia de fecha 21 de Mayo de 2009, suscrita por la abogada ANGELICA VASQUEZ, adscrita a la Fundación Mi Familia, mediante la cual solicitó Autorización Judicial para Tramitar Pasaporte a favor del Niño “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”, y en vista de que no existe impedimento para que se autorice a la ciudadana ISABEL ROSARIO RIVAS DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.604.281, para tramitar lo concerniente al pasaporte del Niño “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”, este JUEZ UNIPERSONAL Nº VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ISABEL ROSARIO RIVAS DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.604.281, para que tramite el correspondiente pasaporte a favor del Niño “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”, por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería. Queda expresamente entendido que esta Autorización para Tramitar Pasaporte, no implica ni incluye Autorización para Viajar. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes, las cuales serán remitidas mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, con el objeto de ser entregadas a la solicitante. Cúmplase.-
Dado, firmado y sellado en el TRIBUNAL VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, En Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de Mayo de 2009. Años: 199° de la independencia y 150° de la Federación.-
El Juez
Abg. José Alberto Nunes Marquina
La Secretaria,
Abg. Maria Eugenia Velásquez
AP51-V-2004-001272
JANM/MEV/LEIDYS
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