REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 12
Caracas, quince de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-008095.
Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial al escrito presentado por la ciudadana PAOLA CECILIA POVEDA SAGGIOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-. 17.145.399, debidamente asistida por la Abogado ESMERALDA MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 105.165, en la cual solicitó autorización judicial para tramitar por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería el pasaporte de su hijo, de once (11) años de edad. Este Tribunal acuerda de conformidad a lo solicitado, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana PAOLA CECILIA POVEDA SAGGIOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.145.399, para que realice todas las diligencias necesaria por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a los fines de obtener el Pasaporte del niño. Expídase por secretaría copia certificada del presente sentencia y entréguese a la parte interesada. Cúmplase.
LA JUEZ
SARA GUARDIA SOTO.
LA SECRETARIA
ADRIANA MIRELES
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