REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, 22 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-006407
Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por la ciudadana YRENE DEL VALLE MONSALVE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-8.350.146, debidamente asistida por el abogado PEDRO ALEJANDRO VIZCAINO PERRELI, actuando en su carácter de Defensor Público 11°, quien en su carácter de tutora de la niña SE OMITE LA IDENTIFICACION, hija del ciudadano PABLO JESUS GONZALEZ HERNANDEZ, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-13.395.147, fallecida en fecha (06) de Octubre de 2008. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del ciudadano PABLO JESUS GONZALEZ HERNANDEZ, antes identificado, a su hija SE OMITE LA IDENTIFICACION, beneficiaria del de cujus ciudadano PABLO JESUS GONZALEZ HERNANDEZ. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos respectivos. Cúmplase
LA JUEZ


Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA


Abg. SALLY GUERRERO



JQA/YC